jueves, 31 de enero de 2013

Certificación de Normas de Competencia Laboral...


Certificación de NCL

La competencia laboral, es descrita como la capacidad de una persona para desempeñar funciones productivas en diferentes contextos, con base en los estándares de calidad establecidos por el sector productivo y el proceso de evaluación, aplica a toda persona que solicite la certificación de sus competencias laborales, evitando toda práctica discriminatoria, independiente de cuándo, dónde y de qué manera adquirió la competencia.



Colombia adelanta el proceso de certificación de las competencias de los recursos humanos del país, a partir de los estándares o normas de competencias definidos por el sector productivo, mediante las Mesas Sectoriales.



Parámetros nacionales con referentes internacionales que se actualizan Permanentemente con la participación de los expertos y empresarios, son una herramienta para la valoración de las competencias de los trabajadores, que incluye la demostración de evidencias de conocimiento, producto y desempeño, por parte de los Candidatos a la certificación, tanto de aprendizajes como de experiencias, no importa cómo ni cuándo se hayan adquirido; así mismo, facilitan la medición y mejoramiento de la calidad de productividad de las empresas, y de conglomerados de empresas, cadenas productivas, sectores y regiones.”




El trabajador competente que requiere Colombia, es una de las responsabilidades que tienen todos los actores sociales y gubernamentales del país, para con la calidad de su trabajo certificado así como los sistemas de gestión de calidad, los productos y procesos, afrontar los retos de los mercados globalizados.


NORMATIVIDAD
Los lineamientos para desarrollar el proceso de certificación de la competencia laboral y a los cuales hace referencia el procedimiento, tiene como fundamento el siguiente cuerpo de normas:

1. Decreto 249 de 2004, Numeral 6 del Artículo 12 “Avalar planes de evaluación y certificación del desempeño, propuestos para ser ejecutados a todo costo por las empresas, asociaciones, gremios u otras entidades mediante evaluación y auditoría de calidad del SENA”

2. Decreto 249 de 2004, Numeral 7 del Artículo 12 “Reconocer los Centros de Formación
Profesional Integral que actuarán como evaluadores-certificadores y las personas naturales o jurídicas que realizarán la evaluación de competencias de los trabajadores colombianos”.

3. Decreto 4110 de 2004, por la cual se reglamenta la Ley 872 de 2003 y se adopta la Norma Técnica de Calidad de la Gestión Pública - NTC-GP 1000:2004.

4. Decreto 933 de 2003, Artículo 19 “Certificación de Competencias Laborales. El Servicio
Nacional de Aprendizaje-SENA regulará, diseñará, normalizará y certificará las Competencias laborales”

5. Ley 872 de 2003, mediante la cual se crea el Sistema de Gestión de la Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios.


REFERENTE TEÓRICO
El marco para el reconocimiento y la certificación de la competencia laboral se fundamenta, entre otros, en la Recomendación 195 de 2004 de la OIT sobre el “Desarrollo de los recursos humanos: Educación, formación y aprendizaje permanente” manifiesta:


“Deberían adoptarse medidas, en consulta con los interlocutores sociales y basándose en un marco nacional de cualificaciones, para promover el desarrollo, la aplicación y el
Financiamiento de un mecanismo transparente de evaluación, certificación y Reconocimiento de las aptitudes profesionales, incluidas el aprendizaje y la experiencia previa, cualquiera que sea el país en el que se obtuvieren e independientemente de que se hubiesen adquirido de manera formal o no formal”.


Los métodos de evaluación deberían ser objetivos, no discriminatorios y vinculados a
Normas.


El marco nacional debería incluir un sistema de certificación confiable, que garantice que
Las aptitudes profesionales sean transferibles y reconocidas por los sectores, las industrias, las empresas y las instituciones educativas.


Deberían formularse disposiciones especiales para garantizar el reconocimiento y la
Certificación de las aptitudes profesionales y las cualificaciones de los trabajadores
Emigrantes”.


PRINCIPIOS DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE LA COMPETENCIA
LABORAL

El proceso de certificación se soporta en cuatro principios fundamentales:


Validez: Las evidencias recogidas durante el proceso de evaluación, pruebas reales del
Desempeño, deben estar directamente relacionadas con la norma de competencia laboral
En la que aspira a estar certificada una persona.


Accesibilidad y Equidad: El proceso debe ser asequible a toda persona, independiente de los límites regionales y/o culturales, evitando toda práctica discriminatoria, barreras o
Restricciones por razones de nacionalidad, sexo, raza, origen étnico, religión o creencia,
Discapacidad física o edad

.
Confiabilidad: El proceso es confiable en la medida en que las mismas evidencias, para
un mismo candidato, recogidas por otros evaluadores en otros escenarios laborales, deben tener el mismo juicio.


Factibilidad: El proceso de certificación debe ser posible en un contexto viable y
Específico, llevado a cabo por los evaluadores.



CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓN

Voluntario, toda persona por voluntad propia puede acceder al proceso de certificación; sin embargo el gobierno puede hacerlo obligatorio en aquellos sectores donde se ejecutan Trabajos que revisten altos riesgos para la vida humana.


Orientado a los trabajadores vinculados laboralmente, a los que se encuentran en
Búsqueda de empleo y a los independientes que tengan como mínimo 6 meses de
Experiencia laboral en funciones relacionadas con la norma de competencia laboral.


Precedida de un proceso de producción y de recolección de evidencias.


Independiente de dónde, cómo y cuándo se adquiere la competencia laboral.Basada en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma de competencia
Laboral.


No tiene costo para el candidato, en el SENA –Organismo Certificador.


BENEFICIOS DE LA CERTIFICACIÓN

Para los empresarios, los trabajadores, las entidades formadoras y el estado, el proceso de certificación de la competencia laboral tiene valor en la medida que le permite a:


Los empresarios
Asociación con procesos más modernos de organización del trabajo.
Definición de mejores y adecuadas políticas para la gestión del talento humano.
Mejora continua, dado que la certificación está entrelazada con las políticas de
Productividad y competitividad de las empresas.
Reconocimiento de la función formadora de la empresa.
Ejecución de planes de capacitación y formación puntuales, pertinentes a las necesidades reales de los trabajadores, optimizando recursos.
Mayor retorno sobre la inversión.


Los trabajadores
Reconocimiento social de sus competencias laborales.
Disminución de tiempo en la búsqueda de empleo.
Orientación para continuar a lo largo de la vida, el aprendizaje permanente.
Contar con mayores elementos para la empleabilidad, estabilidad y promoción laboral.
Satisfacción y motivación con el trabajo realizado.
Mayores posibilidades de ingreso y/o movilidad en el mercado laboral.
En el SENA, reconocimiento de las evidencias de la competencia laboral certificadas, en
Procesos formativos.


Los oferentes de formación
Pertinencia de la oferta de formación.
Estructurar y/o modernizar programas de formación, flexibles y modulares que permitan
Atender las falencias identificadas en las personas durante el proceso de certificación.
Indicador de la pertinencia de sus programas a partir del éxito en la certificación de sus
Egresados.


Al Estado
Regulación y ejecución de políticas de calidad, articuladas y coherentes, referidas al talento humano, como uno de los factores clave para la competitividad.
Promoción y desarrollo del talento humano de un sector, subsector, cadena productiva o
cluster necesario para apalancar planes, programas y proyectos.
Desarrollo de principios de equidad social.


Competencia: “Abarca los conocimientos, las aptitudes profesionales y el saber hacer que se dominan y aplican en un contexto específico”. Recomendación 195 de la OIT sobre el Desarrollo de los Recursos Humanos: Educación, Formación y Aprendizaje Permanente. Año 2004.

"Habilidad demostrada para aplicar conocimientos y aptitudes", NTC-ISO 9000:2000, Sistemas de gestión de la calidad. Fundamentos y vocabulario.

"Atributos personales y aptitud demostrada para aplicar conocimientos y habilidades", NTC-ISO 19011:2002. Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión de la calidad y/o ambiental.

Competencia laboral: “Capacidad de una persona para desempeñar funciones productivas en contextos variables, con base en los estándares de calidad establecidos por el sector productivo”.
SENA, 2003

Conocimientos y comprensión esenciales: Teorías, principios, conceptos e información
relevante aplicables en el desempeño laboral.

Criterios de desempeño: Resultados que una persona debe obtener y demostrar en situaciones reales de trabajo, con los requisitos de calidad especificados en la norma, para lograr el desempeño competente.

Evaluación de la competencia laboral: Proceso por medio del cual un evaluador recoge de una persona, evidencias de su desempeño, producto y conocimiento, con el fin de determinar si es competente, o aún no, para desempeñar una función productiva.

La evaluación de la competencia laboral se centra en el desempeño real de las personas,
Soportado por evidencias válidas y confiables relacionadas con una norma de Competencia laboral, y no en potencialidades.

Elemento de competencia: Descripción de lo que una persona debe ser capaz de hacer en el desempeño de una función productiva, expresada mediante los criterios de desempeño, el rango de aplicación, los conocimientos y comprensiones esenciales, y las evidencias requeridas. Es la contribución individual del trabajador en el cumplimiento del propósito clave del sector o empresa.

Evaluadores: Organizaciones y empresas públicas o privadas, o personas naturales, formadas en la metodología para evaluar competencias laborales y reconocidas por el SENA-Organismo Certificador para adelantar el proceso.
El SENA-Organismo Certificador, al reconocer formalmente a los evaluadores de los Centros de Formación Profesional, de las empresas en alianza, o contratados para ejecutar el proceso de evaluación, exigirá de ellos el cumplimiento del Código de Ética establecido.

Norma técnica de la competencia laboral colombiana: Estándar reconocido por trabajadores y empresarios, que describe los resultados que un trabajador debe lograr en el desempeño de una función laboral, los contextos en que ocurre ese desempeño, los conocimientos que debe tener y aplicar, y las evidencias que puede presentar para demostrar su competencia. SENA, 2003.
El carácter de norma técnica de competencia laboral colombiana lo otorga el Organismo
Normalizador, que para Colombia es el SENA, de conformidad con el Artículo 19 del Decreto 933 del 11 de Abril de 2003.


Rango de aplicación: Descripción de los diferentes escenarios y condiciones variables, donde la persona debe ser capaz de demostrar dominio sobre el elemento de competencia. Los equipos, máquinas, elementos, procedimientos, normatividad, instructivos, deben ser del dominio del trabajador.

Sistema Nacional de Formación para el Trabajo: El Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, se define como una estructura funcional que articula e integra gremios, empresas, centros de investigación y desarrollo tecnológico, instituciones educativas técnicas, tecnológicas y de formación profesional, y al estado con el fin de definir e implementar políticas, directrices y estrategias para el desarrollo y cualificación de los recursos humanos del país y el aprendizaje permanente.

Titulación Laboral: Conjunto de normas de competencia, que describe los desempeños
Competentes en un campo ocupacional o en una ocupación.

El evaluador en la inducción debe dar claridad a los candidatos que él no ofrece ni provee
formación, ni ayuda a otros en la preparación de tales servicios, declarándose impedido de realizar el proceso de evaluación si ha participado en actividades de formación de candidatos en el último año.

Es deber del SENA, a través de los centros de formación certificadores, acompañar a las
empresas cuando sus evaluadores tengan previsto en su cronograma, realizar la inducción.

El evaluador debe registrar los nombres de los asistentes al evento de inducción, en el formato “Lista de Participantes a la Inducción-Autodiagnóstico” el cual debe reposar en la carpeta de control documental, junto con el material que ha utilizado.

FASE DE “INSCRIPCIÓN” DE CANDIDATOS

La inscripción del candidato no podrá efectuarse sin la constancia laboral que señala tiempo de trabajo –mínimo seis meses- y que describe las funciones que él ha realizado o realiza actualmente; con la inscripción formalizada se da apertura al Portafolio de Evidencias, por persona.

FASE DE ELABORACIÓN DEL “PLAN DE EVALUACIÓN Y DE  PRESENTACIÓN DE EVIDENCIAS”

Las evidencias de producto para ser evaluados en su calidad y funcionalidad, deben ser
Previamente valoradas bajo tres criterios:
Pertinencia: El producto debe guardar directa correspondencia con la norma evaluada.
Vigencia: Debe asegurarse que el producto no es obsoleto debido a cambios tecnológicos o legislativos.
Autenticidad: El producto es resultado del trabajo del candidato a certificación La evaluación integral del desempeño, del producto y del conocimiento, permite la certificación objetiva de la competencia laboral de una persona.



En la actividad de planificar el proceso de certificación, el evaluador debe tener claridad sobre:

Cuál norma(s) va a evaluar y a qué Titulación pertenece.
Cuántos y cuáles elementos conforman la norma.
Las posibles situaciones complejas que los rangos de aplicación puedan generar
Cuántas y cuáles evidencias requeridas exige la norma.
Las posibles limitaciones de costos para obtener evidencias
El tiempo requerido para obtener evidencias, según alcance de la norma
Las técnicas e instrumentos que debe y puede utilizar
Los formatos establecidos para registrar los desarrollos del proceso
La disponibilidad de máquinas, equipos, elementos, materiales, procedimientos,
Instructivos
La disponibilidad del Portafolio de Evidencias para cada candidato, físico o virtual.


EMISIÓN DE “JUICIO DE LA COMPETENCIA LABORAL”
La emisión del “Juicio de la Competencia Laboral”), es el resultado del proceso de evaluación realizado, de la producción de evidencias y de su recolección, y tiene
Como fin establecer si el candidato tiene la competencia para desempeñarse laboralmente.
El evaluador analiza los resultados de evaluar las evidencias presentadas por el candidato y emite uno de los dos juicios: “competente" o "aún no competente".

Las evidencias aprobadas en procesos anteriores y conservados en el Portafolio de Evidencias inicial del candidato serán reconocidas actualmente, es decir serán aceptadas siempre y cuando la norma no haya cambiado para ese momento, por tanto el candidato presentaría evidencias sólo de las competencias que no pudo demostrar.

DOCUMENTACIÓN QUE EL EVALUADOR DEBE TENER ORGANIZADA EN CARPETA FÍSICA O ELECTRÓNICA:

1 Certificado de formación como evaluador de competencia laboral.
2 Certificado que describe el perfil técnico del evaluador, expedido por la empresa o Centro de Formación.
3 Certificado de actualización realizada, en el proceso ajustado, versión tercera Julio/07.
4 Norma(s) de Competencia Laboral en la(s) cual(es) está evaluando.
5 “Proceso para evaluar-certificar competencias laborales”, versión tercera Julio/07.
6 Presentación utilizada en la inducción a candidatos (Medio magnético o material impreso).
7 Formato diligenciado “Lista de participantes en la Inducción-Autodiagnóstico”
8 Prueba (instrumentos) utilizada para evaluar (definidos por la Secretaría Técnica de la
Mesa Sectorial).
9 Registro “Cronograma del evaluador” (ANEXO F).
10 Normatividad del sector, si existe, emitida por entidad gubernamental, relacionada con la norma de competencia a certificar.





DOCUMENTACIÓN QUE DEBE CONTENER EL “PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS DEL
CANDIDATO”, FÍSICO O ELECTRÓNICO, MARCADO EXTERNAMENTE CON NOMBRE YNÚMERO DE CÉDULA:

1. Constancia de trabajo
2. Registros de: Inscripción, Plan de Evaluación y de Presentación de Evidencias, y de
Emisión del Juicio.
3. Fotocopia del documento de identificación.
4. Norma(s) de competencia evaluada.
5. Hoja de respuestas a cuestionarios aplicados.
6. Solicitud/Acta de aplazamiento, retiro, traslado o cancelación del proceso.
7. Apelaciones y respuestas a ellas, si existiesen.


NOTA : Ojo con la documentación de apoyo en relación a la empresa, al evaluador, al auditor, al líder del proceso, al candidato… Entre otros…

Jaimeperezposada

Enero 31 de 2013

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